Rosalinda Morales/ Agencia Noticias La Fuente/
La Secretaria de Desarrollo Agropecuario (SEDARPA) fue una de las que resultó con daño Patrimonial, por 2 millones 536 mil 385 pesos, si bien el posible peculado no es cuantioso, llaman la atención los conceptos, dado que lo que mayormente le observó el ORFIS a la dependencia de Evaristo Ovando, es la mala ejecución de varios caminos sacacosechas, algunos se deslavan, otros tienen maleza y no permiten el rodamiento de vehículos; es decir, no cumplen con el propósito de un camino sacacosechas.
Las obras deficientes están en Zongolica, Acayucan, y Tihuatlan.
SEDARPA es una de las dependencias que menos presupuesto ha recibido en la administración de Cuitlahuac García Jiménez, y aún así incurrió en daño Patrimonial, con el poco presupuesto recibido.
Por ejemplo, algunas de las recomendaciones, son la número:
00132022000104: Rehabilitación de camino saca cosechas en la localidad de Tecuanapa del Municipio de Tatahuicapan de Juárez.
Se le observó, que derivado de la visita domiciliaria a las obras de la muestra que se revisó, en la que el Auditor Técnico y el representante del Ente Fiscalizable se constituyeron en el sitio, con la finalidad de verificar la situación física de la obra y llevar a cabo las mediciones de los trabajos realizados, encontrándola a la vista como «DEFICIENTE OPERACIÓN DE OBRA, toda vez que se apreciaron tramos donde se observa el material deslavado, asimismo, se identificó que la superficie de las alcantarillas no ha sido rellenada y compactada».
Otra observación fue la número de obra:
00132021000011: Rehabilitación de camino sacacosechas en la localidad de Juilapa de
Municipio de Acayucan, ahí, derivado de la visita domiciliaria a las obras de la muestra que se revisó, en la que el Auditor Técnico y el representante del Ente Fiscalizable se constituyeron en el sitio, con la finalidad de verificar la situación física de la obra y llevar a cabo las mediciones de los trabajos realizados, «encontrándola a la vista como DEFICIENTE OPERACIÓN DE OBRA, toda vez
que en el tramo de 2+740.00 a 2+898.00 existe crecimiento de maleza en el centro del
camino».
Otra observación , «Descripción: 00132021000094 Rehabilitación de caminos sacacosechas en las localidades de Papatlarillo y Ramón Caracas Lara del Municipio de Tihuatlán.
Derivado de la visita domiciliaria a las obras de la muestra que se revisó, en la que el Auditor Técnico y el representante del Ente Fiscalizable, se constituyeron en el sitio, con la finalidad de verificar la situación física de la obra y llevar a cabo las mediciones de los trabajos realizados, encontrándola a la vista como DEFICIENTE OPERACIÓN DE OBRA, toda vez que se observó presencia de maleza y vegetación sobre algunos tramos del paso vehicular».
Otra observación, fue en los trabajos que corresponden a la rehabilitación del camino sacacosechas en la localidad de Xonomanca, del Municipio de Zongolica; el desarrollo del proyecto considera trabajos preliminares, terracerías, alcantarillados y obra complementaria referente a construcción de rodadas con concreto y empedrado de
piedra braza.
«DE LA REVISIÓN DE LA OBRA:
C. REVISIÓN DOCUMENTAL
De la revisión de los documentos relevantes del expediente unitario, se detectó que presentaron el
finiquito de obra y la Garantía de Vicios Ocultos; en el periodo de solventación proporcionaron los planos del proyecto, el dictamen técnico de evaluación, el cálculo de la utilidad del presupuesto contratado, el programa de ejecución de obra contratado, la bitácora de obra, la estimación única de obra soportada por la instrucción de pago, las facturas de pago, los números generadores de volúmenes de obra ejecutada, los croquis de ubicación de volúmenes de obra ejecutada, el reporte fotográfico, el Acta de Entrega-
Recepción del contratista al Ente Fiscalizable; sin embargo, no proporcionaron los planos actualizados
de obra terminada; asimismo, se identificó que el contrato de obra en su cláusula Sexta contraviene los
parámetros establecidos para la obtención del monto de la Garantía de Vicios Ocultos conforme a lo previsto por el artículo 68 párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con ellas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; incumpliendo presuntamente los servidores y/o ex
servidores públicos responsables con los artículos 73 segundo párrafo y 74 de la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados con Ellas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y 112, fracción IV del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.





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