No afecta al PVEM el chapulineo de la diputada suplente de Igor Roji hacia MORENA; pero, es sobrerrepresentación?

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Rosalinda Morales/ Agencia Noticias La Fuente/

Marcelo Ruiz del PVEM

Aunque la constitución política señala que cada partido político representado en el Congreso no deben tener más de 30 diputados; de acuerdo al artículo 21 párrafo 4 de la Constitución Política del Estado de Veracruz; diputados tanto de Morena y PVEM; defienden que dentro de las bancadas se puedan mover diputados de una bancada a la de MORENA, y esta siga siendo del mismo partido; contrario también a lo que señala la ley orgánica del Congreso que explica que solo miembros de un partido pueden formar una bancada de ese organismo político.

De lo contrario se convertirá en bancada mixta.
El diputado Marcelo Ruiz diputado del PVEM, afirmó que es respetable la decisión de la legisladora Nallely Mendoza Camarillo suplente del diputado con licencia Igor Roji, si decide irse de la fracción legislativa del PVEM para pertenecer a otra fracción política, en este caso la de MORENA.
“Es una decisión respetable. Somos un partido que estamos abiertos a toda la población; esperaremos que se haga comunicado oficial”.
Dijo que con MORENA llegaron en alianza los actuales legisladores por lo que no ven como un “chapulineo” el que la suplente de Igor Roji elija pertenecer a la bancada de MORENA.
Acotó que esto no significa desde su óptica, una sobrerrepresentación para MORENA, porque ahora tendrá más de 30 diputados en una bancada; ya que según su interpretación, el hecho de que al congreso llegaron bajo una alianza, no afecta si se mueven de una bancada a otra.

*TENDRÁ MORENA SOBRERREPRESENTACIÓN*
La legisladora Nahomi Edith Gómez Santos descartó que la incorporación de nuevos legisladores a la fracción de Morena implique una sobrerrepresentación en el Congreso local.
«Es que los que se pasan voluntariamente a nuestra bancada no hay ninguna parte de la ley que diga que hay una sobrerrepresentación».
Cuestionada sobre una eventual
sobrerrepresentación si Morena alcanza 33 diputados, expresó: «Yo lo que reitero es el principio de sobrerrepresentación se da cuando está en la asignación y en este sentido eso fue lo que se cuidó».
Señaló que el cambio de grupo parlamentario está contemplado en la ley y es parte del ejercicio político. «Estamos en una representación válida y democrática que se dio desde las últimas elecciones”, afirmó la legisladora.

QUÉ DICE LA LEY?
El artículo 21 constitucional párrafo cuarto; fracción 4, 5 y 6 sobre la conformación del Congreso local afirma: “Ningún partido político podrá contar con más de treinta diputados por ambos principios;
(REFORMADA, G.O. 9 DE ENERO DE 2015)
V. En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que represente un porcentaje del total del Congreso que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación estatal emitida.
Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total del Congreso superior a la suma del porcentaje de su votación estatal emitida más el ocho por ciento.
El porcentaje de representación de un partido político no podrá ser menor al porcentaje de votación
que hubiere recibido menos ocho puntos porcentuales, y
VI. En los términos de lo establecido en las bases contenidas en las fracciones III, IV y V anteriores, las diputaciones de representación proporcional que resten después de asignar las que correspondan al partido político que se halle en los supuestos de las fracciones IV o V, se adjudicarán a los demás partidos con derecho a ello, en proporción directa con las respectivas votaciones estatales efectivas de estos últimos.
La ley desarrollará las reglas y fórmulas para
estos efectos”, dice la constitución.

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